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A partir de hoy, el horario de comercio en La Dulce es hasta las 18.00

Por decreto del Intendente Rojas, se establece que a partir de hoy, 8 de Octubre, el horarios de comercio es de 8.00 a 18.00

Establézcase con excepción de las farmacias, estaciones de servicios, remises y/o taxis y/o vehículos de alquiler que a partir de las 8.00 del día 9 de Octubre del 2020, en la Localidad de Nicanor Olivera del Partido de Necochea, las actividades profesionales y comerciales establecidas en diferentes artículos de los decretos 768, 798,810 y 886 y supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y de limpieza, podrán desarrollar actividades y permanecer abiertos de lunes a domingos dentro de la franja horaria establecida entre las 08.00 y 18.00.

Se solicita y recomienda a la población de Nicanor Olivera evitar circular en la vía pública, en caso de no ser estrictamente necesario, así como realizar viajes a otras localidades. Recuérdese que se encuentran prohibidos todos los encuentros sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente.

La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.

Autorizase en la localidad de Nicanor Olivera a los restaurantes, rotiserías, pizerías, heladerías, cantinas, cervecerías, establecimientos de carga, re carga o venta de cerveza artesanal, resto bares, similares y/o afines desde las 08.00 del 9 de Octubre de 2020 a brindar el servicio de elaboración y venta de comida y/o bebida únicamente a través del servicio de reparto a domicilio (delivery) sin necesidad de anexar el rubro por el plazo precedente. La autorización dispuesta en el presente podrá realizarse bajo dicha modalidad desde las 09.00 hasta las 23.00. Así mismo queda expresamente prohibido el consumo de bebidas y/o alimentos en las instalaciones de los establecimientos comerciales.

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