Vacaciones

Todo lo que tenes que saber sobre tus derechos a vacaciones

¿En qué época puedo pedir las vacaciones y cómo se pagan?

La fecha de tus vacaciones la podes definir vos pero será el empleador quien tiene la decisión y facultad de planificar las vacaciones de sus empleados.

Sin embargo, aunque la fecha de las vacaciones las apruebe tu jefe,  por ley, uno de cada tres períodos de vacaciones tiene que ser en verano.

ADEMÁS:

  1. Se deben otorgar entre el periodo de octubre y abril.
  2. El empleador no puede negarlas ni compensarlas con dinero.
  3. Se debe notificar al menos con 45 días de antelación.

¿Las vacaciones son pagas?

Sí, durante esta licencia vas a cobrar tu salario y además el plus por vacaciones, e incluso te lo deberían abonar al inicio de las mismas.

¿Cuánto vas a cobrar por este plus vacacional?

Se calcula dividiendo el sueldo que percibías al momento de otorgar las vacaciones por 25, y al resultado se multiplica por los días de vacaciones que te tomas.

¡Las vacaciones no se pueden canjear por dinero…la idea es descansar y disfrutar!

¿Conocías estos derechos?

¿Tenes alguna otra pregunta?  Envíanos un mensaje y te respondemos.

Abogada Aylén Amado –

Contacto: 2262 643801

Todos los martes de 9.00 a 15.00 en calle 22 N° 649, La Dulce.

Estudio Jurídico AG- Necochea calle 65 N° 3043

 

 

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